La Contaduría Pública es una
profesión que tiene como fin satisfacer necesidades de la sociedad, mediante la
medición, evaluación, ordenamiento, análisis e interpretación de la información
financiera de las empresas o los individuos y la preparación de informes sobre
la correspondiente situación financiera, sobre los cuales se basan las decisiones
de los empresarios, inversionistas, acreedores, demás terceros interesados y el
Estado acerca del futuro de dichos entes económicos. Esta certificación, hará
parte integral de lo examinado.
El Contador Público, sea en la
actividad pública o privada es un factor de activa y directa intervención en la
vida de los organismos públicos y privados. Su obligación es velar por los
intereses económicos de la comunidad, entendiéndose por ésta no solamente a las
personas naturales o jurídicas vinculadas directamente a la empresa sino a la
sociedad en general y naturalmente el Estado.
Esencia del Contador Público
La conciencia moral, la aptitud
profesional y la independencia mental constituyen la esencia espiritual del
Contador Público
El ejercicio de la Contaduría
Pública implica una función social especialmente a través de la fe pública que
se otorga en beneficio del orden y la seguridad en las relaciones económicas
entre el Estado y los particulares o de estos entre sí.
La sociedad en general y las
empresas en particular son unidades económicas sometidas a variadas influencias
externas. El Contador Público en el desarrollo de su actividad profesional
deberá utilizar en cada caso los métodos de análisis y evaluación más
apropiados para la situación que se presenta, dentro de los lineamientos dados
por la profesión y podrá además, recurrir a especialistas de disciplinas
diferentes a la Contaduría Pública y a la utilización de todos los elementos
que las ciencias y la técnica ponen a su disposición.
CÓDIGO DE ÉTICA IFAC
La Federación Internacional de
Contadores (IFAC), como lo establece su constitución, tiene como misión “el
desarrollo y fortalecimiento de la profesión contable a nivel mundial con
estándares armonizados, capaces de proporcionar servicios de alta calidad a
favor del interés público”.
Para el cumplimiento de esta
misión, el Comité Ejecutivo de la IFAC ha creado el Comité de Ética de la IFAC
para desarrollar y emitir, bajo su propia autoridad, estándares éticos de alta
calidad y otros pronunciamientos para el uso de los Contadores profesionales en
todo el mundo. La Federación Internacional de Contadores (IFAC) ha emitido el
Código de Ética del Contador Profesional, que promueve su aplicación por parte
de todos los Contadores del mundo.
Este Código de Ética, establece
las reglas de conducta para todos los Contadores del mundo y determina los
principios fundamentales que se deben respetar para perfeccionar los objetivos
comunes de la profesión, además establece que estos principios son igualmente
válidos para todos los Contadores ya sea que trabajen en el sector público,
privado o en la docencia.
El Código de Ética del Contador
Profesional de la Federación Internacional de Contadores (IFAC), reconoce que
los objetivos de la Profesión Contable son trabajar al más alto nivel de
profesionalismo y para esto tiene cuatro exigencias básicas: Credibilidad,
Profesionalismo, Calidad del Servicio, y Confianza. El Código de Ética de la
IFAC enuncia cinco Principios Fundamentales, los que deben cumplir todos los
Contadores del mundo, y son: Integridad Objetividad Competencia Profesional y
debido cuidado Confidencialidad Comportamiento Profesional.
El Código de Ética para
Contadores Profesionales de la IFAC. Versión 2006, fue revisado por el Consejo
de Normas Internacionales de Ética para Contadores de la IESBA en julio del
2009, y fue aprobado por el Comité Ejecutivo de la IFAC para su implementación
a nivel mundial, entrando en vigencia desde el 1 de enero del 2011.
Este Código de Ética del Contador
Profesional de la IFAC establece requerimientos éticos para los Contadores
profesionales de todo el mundo, disponiendo que ninguna institución o firma
miembro de la IFAC puede aplicar normas menos rigurosas que las establecidas en
este código.
El Código de Ética del Contador Profesional de la IFAC, contiene tres
partes:
Parte A: Aplicación General
del Código.- Contiene la introducción y los Principios Fundamentales, en los
cuales se encuentran definidos los cinco principios fundamentales de la Ética.
Parte B: Los Contadores
Profesionales en la práctica pública.- Contiene algunos ejemplos de
circunstancias que crean amenazas en la práctica profesional y las salvaguardas
que se pueden tomar en cuenta para observar los principios fundamentales de la
Ética.
Parte C: Los Contadores
Profesionales en los negocios.- Contiene algunos ejemplos de circunstancias que
crean amenazas para los Contadores que pueden ser empleados, socios,
directores, y las salvaguardas para amparar los Principios de la Ética.
PRINCIPIOS BÁSICOS DE
ÉTICA PROFESIONAL
En consecuencia, el Contador
Público debe considerar y estudiar al usuario de sus servicios como ente
económico separado que es, relacionarlo con las circunstancias particulares de
su actividad, sean éstas internas o externas, con el fin de aplicar, en cada
caso, las técnicas y métodos más adecuados para el tipo de ente económico y la
clase de trabajo que se le ha encomendado.
Observando en todos los casos los
siguientes principios básicos de ética profesional:
1. Integridad.
2. Objetividad.
3. Independencia.
4. Responsabilidad.
5. Confidencialidad.
6. Observaciones de las disposiciones normativas.
7. Competencia y actualización profesional.
8. Difusión y colaboración.
9. Respeto entre colegas.
10. Conducta ética.
1. Integridad
El Contador Público deberá
mantener incólume su integridad moral, cualquiera que fuere el campo de su
actuación en el ejercicio profesional. Conforme a esto, se espera de él,
rectitud, probidad, honestidad, dignidad y sinceridad, en cualquier circunstancia.
Dentro de este mismo principio
quedan comprendidos otros conceptos afines que, sin requerir una mención o
reglamentación expresa, puedan tener relación con las normas de actuación
establecidas. Tales conceptos pudieran ser los de conciencia moral, lealtad en
los distintos planos, veracidad como reflejo de una realidad incontrastable,
justicia y equidad con apoyo en el derecho positivo.
2. Objetividad
La objetividad representa ante
todo imparcialidad y actuación sin prejuicios en todos los asuntos que corresponden
al campo de acción profesional del contador público. Lo anterior es
especialmente importante cuando se trata de certificar, dictaminar u opinar
sobre los Estados Financieros de cualquier entidad.
Esta cualidad va unida
generalmente a los principios de integridad e independencia y suele comentarse
conjuntamente con esto.
3. Independencia
En el ejercicio profesional, el
Contador Público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de
criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible
con los principios de integridad y objetividad, con respecto a los cuales la
independencia, por las características peculiares de la profesión contable,
debe considerarse esencial y concomitante.
Los Principios Éticos que rigen
la conducta profesional de los Contadores Públicos, no se diferencian
sustancialmente de los que regulan la de otros miembros de la sociedad
4. Responsabilidad
Sin perjuicio de reconocer que la
responsabilidad, como principio de ética profesional, se encuentra
implícitamente comprendida en todas y cada una de las normas de ética y reglas
de conducta del Contador Público, es conveniente y justificada su mención
expresa como principio para todos los niveles de la actividad contable.
En efecto, de ella fluye la necesidad
de la sanción, cuyo reconocimiento en normas de ética, promueve la confianza de
los usuarios de los servicios del Contador Público, compromete
indiscutiblemente la capacidad calificada, requerida por el bien común de la
profesión.
5. Confidencialidad
La relación del contador público
con el usuario de sus servicios es el elemento primordial en la práctica
profesional. Para que dicha relación tenga pleno éxito debe fundarse en un
compromiso responsable, leal y auténtico al cual impone la más estricta reserva
profesional.
6. Observancia de las
disposiciones normativas
El Contador Público deberá
realizar su trabajo cumpliendo eficazmente las disposiciones profesionales
promulgadas por el Estado y por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública
aplicando los procedimientos adecuados debidamente establecidos.
Además deberá observar las
recomendaciones recibidas de sus clientes o de los funcionarios competentes del
ente que requiere sus servicios, siempre que estos sean compatibles con los
principios de integridad, objetividad e independencia, así como con los demás
principios y normas de ética y reglas formales de conducta y actuación
aplicables en las circunstancias.
7. Competencia y
actualización profesional
El Contador Público sólo deberá
contratar trabajos para lo cual él o sus asociados o colaboradores cuenten con
las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se
realicen en forma eficaz y satisfactoria.
Igualmente el Contador Público,
mientras se mantenga en ejercicio activo, deberá considerarse permanentemente
obligado a actualizar los conocimientos necesarios para su actuación
profesional y especialmente aquellos requeridos por el común y los imperativos
del progreso social y bien común.
8. Difusión y
colaboración
El Contador Público tiene la
obligación de contribuir de acuerdo con sus posibilidades personales, al
desarrollo, superación y dignificación de la profesión, tanto a nivel
institucional como en cualquier otro campo que, como los de la difusión o de la
docencia, le sean asequibles.
Cuando quiera que sea llamado a
dirigir instituciones para la enseñanza de la Contaduría Pública o a regentar
cátedras en las mismas, se someterá a las normas legales y reglamentarias sobre
la materia, así como a los principios y normas de la profesión y a la ética
profesional. Este principio de colaboración constituye el imperativo social
profesional.
9. Respeto entre
colegas
El Contador Público debe tener
siempre presente que la sinceridad, la buena fe y la lealtad para con sus
colegas son condiciones básicas para el ejercicio libre y honesto de la
profesión y para la convivencia pacífica, amistosa y cordial de sus miembros.
10. Conducta ética
El Contador Público deberá
abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena
reputación o repercutir en alguna forma en descrédito de la profesión, tomando
en cuenta que, por la función social que implica el ejercicio de su profesión,
la importancia de la tarea que la sociedad le encomienda como experto y la
búsqueda de la verdad en forma totalmente objetiva.
Los anteriores principios básicos
deben ser aplicados por el Contador Público tanto en el trabajo más sencillo
como en el más complejo, sin ninguna excepción. De esta manera contribuirá al
desarrollo de la Contaduría Pública a través de la práctica cotidiana de su
profesión.
Los principios básicos de ética
son aplicables a todo Contador Público por el solo hecho de serlo, sin importar
la índole de su actividad o la especialidad que cultive, tanto el ejercicio
independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de instituciones
públicas o privadas, en cuanto sea compatible con sus funciones.
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