viernes, 16 de diciembre de 2016

SEPA CÓMO GIRAR Y COBRAR UN CHEQUE


CHEQUE - INSTRUMENTO DE PAGO INMEDIATO



Lima, 13 de junio de 2016.- El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima da a recordar las principales disposiciones legales que se deben tener en cuenta para el giro y cobro de un cheque..
La Ley de Títulos Valores incorpora medidas para revalorizar el prestigio del cheque como instrumento de pago inmediato, con dinero que el emisor debe contar en el banco girado, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL)
De acuerdo con la Ley N° 27287, los cheques solo son emitidos a cargo de las entidades financieras autorizadas a mantener cuentas corrientes; expidiéndose en formularios impresos por los bancos, de tal forma que los talonarios son entregados, bajo cargo, por estas instituciones a sus clientes.
Las dimensiones, medidas de seguridad y demás características de este título valor son fijados por cada banco, la Asociación de Bancos o el Banco Central de Reserva (BCR), detalló Víctor Zavala, gerente legal del citado gremio.

LINEAMIENTOS PARA GIRAR UN CHEQUE
v  El girador debe contar con fondos disponibles en su cuenta corriente, salvo que tenga la autorización del propio banco para sobregirarse.
v En el caso de una persona jurídica, solo puede ser girado a favor de una sola persona, 
v    Este documento puede ser girado a favor de una o más personas naturales, ejemplo:
  • María Pérez Palacios y José Medina Vela. El cheque será pagado solo con la concurrencia e identificación de ambos.
  • María Pérez Palacios y/o José Medina Vela. En este caso, cualquiera de ellos cobra el cheque.

PAGO DE TRIBUTOS
Conforme a la Res. N° 100-97-Sunat, para el pago de tributos a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) se utiliza un cheque para el pago de todos los tributos que consten en formulario – PDT.  El cheque se emite a nombre de “Sunat /.......” (Nombre del banco donde se efectúa el pago). Por otro lado, tratándose del pago de multas, gastos por comisión y de deudas en cobranza coactiva, se requiere de cheque certificado o cheque de gerencia.

"Está prohibido girar o endosar cheques en garantía. Si en el cheque aparece la frase “en garantía”, el cheque pierde sus efectos cambiarios (no vale como cheque)". ”. De acuerdo con la citada ley, la fecha adelantada en el cheque se toma como no puesta, con excepción del cheque diferido. En ese caso, se considera girado a su primera presentación a cobro, indicó Víctor Zavala.
En el caso de que existan fondos, el banco está obligado a pagar el cheque con fecha adelantada; y en el caso de que no tenga fondos, puede solicitarse el protesto, inclusive a su primera presentación.

CHEQUE DIFERIDO
El cheque de pago diferido recoge la realidad empresarial del país, caracterizándose por ser de color y talonario diferente al cheque común. La presentación a cobro de este documento se difiere hasta en 30 días y debe constar la fecha de giro y la fecha desde la cual se puede presentar a cobro en el banco, subrayó Zavala.
“Desde su emisión y hasta antes del plazo fijado para su cobro, el cheque diferido puede ser negociado y, desde la fecha fijada para su cobro, se convierte en un cheque común”.


PROTESTO DE CHEQUES
El cheque se puede protestar en cualquiera de los 30 días establecidos para su cobro; inclusive, a su primera presentación a cobro, detalló Zavala.

El protesto lo hace el funcionario del banco, anotando al reverso el motivo por el cual no es pagado aunque también puede ser realizado por notario público, si así lo decide el tenedor. Pero si el tenedor recibe el pago parcial, el protesto será por la diferencia no pagada, precisó Zavala.
Después del protesto (aún cuando no hayan vencido los 30 días), el banco no está obligado al pago, y si hay fondos es facultad del banco pagarlo.

REVOCATORIA DEL CHEQUE
El cheque debe ser cobrado dentro de los 30 días. Vencido ese tiempo sin haberlo cobrado, puede ser revocado por el girador (con una carta al banco). Una vez revocado, el banco ya no paga el cheque aunque existan fondos. Y en caso el cheque no ha sido revocado, el banco puede pagarlo hasta el plazo de un año, siempre que existan fondos. En caso de fallecimiento del girador, la cuenta corriente de este se mantendrá abierta durante 60 días (pueden estar pendientes de cobro cheques diferidos).

Los cheques no son pagados en los siguientes casos: (i) cuando no existan fondos disponibles, (ii) cuando a simple vista está raspado, adulterado, borrado o falsificado, (iii) cuando ha sido revocado después de los 30 días, (iv) cuando se haya comunicado la suspensión de pago (robo, extravío), (v) si consigna la cláusula “intransferible” y pretende ser cobrado por persona distinta, (vi) si quien cobra no se identifica, (vii) y en el caso del cheque diferido, antes de la fecha establecida para su cobro.

El banco es responsable por pagar indebidamente el cheque cuando: (i) a simple vista, la firma del emitente esté falsificada, (ii) cuando el cheque no reúne los requisitos establecidos por ley, (iii) en todos los casos en que los cheques no deben ser pagados por el banco.

Para configurar el delito de libramiento indebido basta un cheque protestado por falta de fondos. Para denunciar el delito, previamente se debe requerir al obligado (carta notarial, de preferencia), dándole tres días para que cumpla con pagar el cheque. Este delito, cuya pena se ha extendido de cuatro a cinco años, se denuncia ante la Fiscalía.

RECOMENDACIONES
Zavala sugirió no olvidar colocar el sello “no negociable” en los cheques mayores a 3,500 soles o 1,000 dólares que se emitan. Sostuvo que girar cheques sin fondos constituye delito de libramiento indebido y que estos títulos valores no pagados se reportan al Registro Nacional de Protestos y Moras. Advirtió que el banco es responsable por pagar indebidamente un cheque cuando a simple vista la firma del emitente esta falsificada, si no reúne los requisitos fijados por ley, y en todos los casos en los cuales por ley los cheques no deben ser pagados por el banco.






Fuente: http://www.camaralima.org.pe/principal/noticias/noticia/sepa-como-girar-y-cobrar-un-cheque/564

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